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Certificados de Aptitude Física

Os/As Educadores Físico-Deportivos/as colexiados/as son os únicos que teñen competencias para realizar as probas de aptitude físico aos/ás aspirantes a prácticos de porto, segundo a seguinte normativa:

Resolución de 29 de julio de 1998, por la que se establecen los reconocimientos médicos para comprobar la aptitud de los prácticos y las pruebas físicas para el acceso a la profesión

Octavo. Pruebas físicas.

1. A tenor de lo dispuesto en los apartados séptimo y octavo de la Orden del Ministerio de Fomento de 20 de febrero de 1997, la certificación de la Dirección General de la Marina Mercante que faculta a los aspirantes seleccionados para la realización del período de prácticas previas a la habilitación como Práctico, conlleva el haber superado las pruebas físicas que se detallan en el anexo II de esta Resolución, y a las que los candidatos deberán someterse previamente a la realización de los ejercicios que componen la segunda parte de las pruebas de conocimiento reguladas en dicha Orden.

La acreditación de haber superado las pruebas del anexo II, se justificará mediante la presentación de un certificado expedido por un Licenciado en Educación Física o en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, debidamente colegiado en el Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.